
La Asamblea Nacional inició el proceso de consulta pública de la Ley del Sistema y Servicio Eléctrico (Ministerio de Energía Eléctrica)
El proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico, que fue aprobada por la Asamblea Nacional en primera discusión y se encuentra en fase de consulta pública, rompe con el modelo de exenciones impositivas que el gobierno de Delcy Rodríguez consagró para los sectores hidrocarburos y mineros.
“La reforma consagra un quiebre con el modelo de exención de impuestos, al someter a los operadores eléctricos al régimen impositivo general de las haciendas nacional, estadal y municipal, salvaguardando así la suficiencia financiera del Estado y las competencias de recaudación local”, se explica en la exposición de motivos.
“Los beneficios tributarios se transforman en incentivos temporales y condicionados, orientados exclusivamente a abordar áreas críticas para el desarrollo del país, tales como la transición hacia energías renovables, la electrificación de zonas fronterizas o rurales de difícil acceso, y la modernización tecnológica del Sistema Eléctrico Nacional”, se añade en la argumentación de la referida propuesta legal.
En tal sentido, se mantiene parte del artículo 57 de la legislación actual, que señala que las actividades de generación, transmisión, despacho, distribución y comercialización de energía eléctrica estarán sujetas al régimen tributario general previsto en las leyes nacionales, estadales y municipales, de conformidad con los principios de progresividad y suficiencia financiera, pero se delega en la presidenta Delcy Rodríguez la potestad de beneficios fiscales.
Al respecto, en el enunciado se agrega que la presidenta de la República, en Consejo de Ministros y mediante decreto, podrá otorgar exoneraciones totales o parciales de tributos nacionales, de forma temporal y con carácter general, a las mixtas o empresas operadoras privadas, exclusivamente cuando se trate de:
• Proyectos de generación basados en fuentes alternativas y energías renovables de bajo impacto ambiental
• Inversiones destinadas al desarrollo de sistemas independientes y electrificación en zonas rurales, fronterizas o de difícil acceso
• La importación de bienes de capital, maquinarias y tecnologías críticas para el Sistema Eléctrico Nacional que no se produzcan en el país, previo dictamen favorable del Ministerio con competencia en materia de energía eléctrica.
PUBLICADO: 12 de junio de 2026











