El Mundo de la Energía
Miércoles 30 Octubre 2024 03:17:11 AM

Gobierno peruano reitera legalidad de concesión de gas natural en Piura

De acuerdo con el Ministerio, la empresa Gastalsa no opera contratos desde hace más de 10 años en la región. Cortesìa MEM Perú

El Ministerio de Energía y Minas de Perú reiteró que la concesión de gas natural para la región Piura se otorgó cumpliendo estrictamente la normativa sectorial y desmintió que haya existido medida cautelar o sentencia vigente al otorgamiento de la concesión, que constituyese un impedimento para implementar el servicio público.
El ente rector afirmó que las Resoluciones Supremas Nº 007-2019-EM y 008-2019-EM, que otorgaron la concesión de distribución de gas natural a la firma Gasnorp, constituyen un acto legal y eficaz, dentro de un proceso administrativo completamente válido.
Por su parte, la empresa Gastalsa aseguró en un comunicado que la concesión fue otorgada a pesar que había un juicio en curso. El Ministerio, por su lado, señala que los procesos judiciales no son impedimento para que un proceso administrativo pueda continuar.
“La firma Gastalsa tenía una concesión en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, que fue declarada caduca en 2009, por razones únicamente atribuibles a la empresa, debido al incumplimiento de compromisos contractuales asumidos con el Estado”, agregó el Ministerio.
La concesión otorgada a Gasnorp tiene como único propósito atender el interés general de la población piurana, que tiene derecho a contar con un servicio público esencial como lo es el suministro de gas natural por red de ductos, el cual permitirá el desarrollo económico de la región.
“Si bien Gastalsa tiene una expectativa remota de seguir accionando respecto a los actos legítimos del Ministerio que declararon la caducidad de su concesión en Pariñas, tal expectativa  no constituye un interés legítimo que merezca ser amparado y mucho menos impedir al  Estado peruano  otorgar una nueva concesión para prestar el servicio de distribución de gas natural para Piura, toda vez que la caducidad obedeció al incumplimiento contractual ocasionado por la propia empresa”, concluye el comunicado del Minem.

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PUBLICADO: 02 de marzo de 2021
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